Bajarse películas o música a través del emule para consumo propio y sin animo de lucro, ¿es legal? (Dice ser España). Nuestro Código Penal establece en su artículo 270 que para que la reproducción de obras intelectuales sin autorización sea delictiva es necesario que exista ánimo de lucro, por lo que todas aquellas copias que se hagan para uso personal no tienen los elementos que exige el tipo penal.